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INFORMACIÓN PÚBLICA

Borrador de orden por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del impuesto general indirecto canario para el año 2018

Fecha de inicio: 24/11/2017

Fecha de fin: 18/12/2017

JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

 

El artículo 64.Uno de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, dispone que el régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario se aplicará a las personas físicas y a las entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que, en este último caso, todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas físicas, que desarrollen las actividades que determine la consejería competente en materia tributaria. Por otra parte, el número 5º del apartado dos de este artículo 64 establece como supuesto de exclusión del régimen simplificado la superación de la magnitudes específicas establecidas para cada actividad por la consejería competente en materia tributaria.

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

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DOCUMENTACIÓN DE LA INICIATIVA

 

a) Informe de la iniciativa (PDF)

b) Proyecto de orden (PDF)

 

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