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INFORMACIÓN PÚBLICA

Proyecto de orden por la que se modifican diversas órdenes con el objeto de establecer la presentación telemática obligatoria de modelos de autoliquidación, y de autorización a la persona titular de la dirección de la agencia tributaria canaria para establecer la obligación de presentar telemáticamente determinadas declaraciones tributarias

Fecha de inicio: 17/02/2017

Fecha de fin: 09/03/2017

JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

 

La orden proyectada tiene dos claros objetivos, a saber:

 

a) Establecer la obligatoriedad de presentación electrónica por Internet del modelo 411 de autoliquidación mensual por parte de los sujetos pasivos del Impuesto General Indirecto Canario acogidos al REDEME (Régimen de Devolución Mensual), así como del modelo 620 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados.

 

No obstante, y respecto al citado modelo 62, no se establece la obligación de presentación electrónica por Internet a todos los sujetos pasivos, sino cuando el declarante es un colegiado, asociado o miembro de instituciones y organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales.

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

de participación

INFORME

b) Autorización, por razones de eficacia, a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria para establecer la obligatoriedad de la presentación telemática de declaraciones tributarias. 

 

 

ANÁLISIS DE LA INICIATIVA

 

 

En el artículo 1 del proyecto de Orden que nos ocupa se modifica el apartado 1 del artículo 2 la Orden de 7 de diciembre de 2010, por la que se establecen las condiciones y el procedimiento para la presentación electrónica por Internet de los modelos 411 (Régimen general de devolución mensual del Impuesto General Indirecto Canario) y 600 (Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), con el objeto de disponer la obligación de presentar vía electrónica del modelo 411.

 

Por otra parte, el artículo 2 del proyecto de Orden se encarga de modificar el apartado 1 del artículo 2 de la Orden de 26 de julio de 2012, por la que se establecen las condiciones y el procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo 620 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados, con el fin de establecer la obligación de presentar vía electrónica del modelo 620  cuando el declarante es un colegiado, asociado o miembro de instituciones y organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales.

 

El objetivo de autorizar a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria para establecer la obligatoriedad de la presentación telemática de declaraciones tributarias, se cumple a través de la modificación del artículo 7 de la Orden de 4 de marzo de 2013, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática ante la Administración Tributaria Canaria de documentos con trascendencia tributaria. Esta alteración normativa se realiza en el artículo 3 del proyecto de Orden.

DOCUMENTACIÓN DE LA INICIATIVA

 

a) Informe de iniciativa (PDF)


b) Proyecto de orden (PDF)

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