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              INFORMACIÓN PÚBLICA

Proyecto de orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda por la que se determinan las fiestas locales propias de cada municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2018

Fecha de inicio: 26/09/2017

Fecha de fin: 17/10/2017

JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

 

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda es el órgano competente para dictar la presente disposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.A.4 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 124/2016, de 19 de septiembre.

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

INFORME

con tu opinión

El apartado 2 del artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece en su párrafo primero, con carácter general, un máximo de catorce fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos serán locales.

 

Por su parte, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, - vigente de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo-, desarrollando esta materia, establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente y, publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

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DOCUMENTACIÓN DE LA INICIATIVA

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a) Informe de la iniciativa (PDF)

b) Proyecto de orden (PDF)

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