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              INFORMACIÓN PÚBLICA

Proyecto de orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda por la que se determinan las fiestas locales propias de cada municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2018

Fecha de inicio: 26/09/2017

Fecha de fin: 17/10/2017

JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

 

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda es el órgano competente para dictar la presente disposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.A.4 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 124/2016, de 19 de septiembre.

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

INFORME

con tu opinión

El apartado 2 del artículo 37 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece en su párrafo primero, con carácter general, un máximo de catorce fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos serán locales.

 

Por su parte, el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, - vigente de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo-, desarrollando esta materia, establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente y, publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

DOCUMENTACIÓN DE LA INICIATIVA

a) Informe de la iniciativa (PDF)

b) Proyecto de orden (PDF)

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