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CONSULTA PÚBLICA PREVIA

Consulta pública previa en relación con la prohibición de la vacunación contra la paratuberculosis en la Comunidad Autónoma de Canarias

Fecha de inicio: 04/03/2017

Fecha de fin: 19/03/2017

Problemas que se pretenden solucionar con la norma

 

- Conforme al artículo 11.1 del Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre , por la que se regulan los Programas Nacionales de erradicación de enfermedades de los animales,relativo a la prohibición de tratamientos y control de antígenos de diagnóstico;  “Queda prohibido todo tratamiento terapéutico, desensibilizante o aquellas prácticas que pudieran alterar o interferir en el diagnóstico de las enfermedades contempladas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto.”

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

de participación

INFORME

- En aplicación del PROGRAMA NACIONAL DE ERRADICACIÓN DE TUBERCULOSIS BOVINA, respecto al control en rebaños de ganado caprino, se establece que se llevarán a cabo pruebas oficiales de diagnóstico de tuberculosis en aquellos rebaños de caprino que conviven con ganado bovino, y de aquellos rebaños que se detecten mediante la encuesta epidemiológica y/o la Base de Espoligotipos como fuentes de la enfermedad para los rebaños de bovino del área de explotación.

 

- Está demostrada la potencial interferencia de la vacunación frente a la paratuberculosis en el diagnóstico de la tuberculosis, y por lo tanto el caprino vacunado puede llevar a interferir en el diagnóstico  previsto en el “Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis” si no se han tomado las medidas adecuadas que permitan establecer un adecuado control de la trazabilidad de dichos animales.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

 

A raíz de la declaración de Canarias como región oficialmente indemne a tuberculosis bovina según lo dispuesto en la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/252 DE LA COMISIÓN de 9 de febrero de 2017 por la que se modifican los anexos de la Decisión 2003/467/CE en lo relativo a la declaración de determinadas regiones de España como oficialmente indemnes de tuberculosis, se hace necesario establecer medidas para evitar actuaciones  que puedan provocar interferencias diagnósticas que hagan peligrar la fiabilidad diagnóstica frente a la tuberculosis y por lo tanto dicha declaración, con la consecuente pérdida de las ventajas que dicha calificación conlleva.

 

 

Objetivos de la norma

 

Debido al riesgo de fiabilidad diagnóstica frente a la tuberculosis, que la vacunación frente a paratuberculosis puede implicar, se hace aconsejable la aprobación de una norma que prohíba la vacunación indiscriminada del ganado caprino frente a paratuberculosis y regule las posibles excepciones.

 

 

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias

 

No existen soluciones alternativas.

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