top of page
CONSULTA PÚBLICA PREVIA

Iniciativa normativa para regular la enseñanza del lenguaje silbado de la isla de La Gomera para su impartición en la educación primaria y en la educación secundaria obligatoria

Fecha de inicio: 26/05/2017

Fecha de fin: 09/06/2017

JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC n.º 152, de 7 de agosto) establece en su artículo 5, apartado m), que uno de los objetivos del sistema educativo canario debe ser fomentar el conocimiento, el respeto y la valoración del patrimonio cultural y natural de Canarias. Asimismo, en el artículo 27, apartado 7, se determina que el currículo deberá contemplar la presencia de contenidos y de actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura, la antropología, la identidad canaria y otros hechos diferenciales del archipiélago canario, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco de una cultura universal.

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

INFORME

de participación

Sin duda, el hecho cultural del silbido, Patrimonio Intangible de la Humanidad (UNESCO), conforma uno de los elementos más representativos de mustra Comunidad. Por tanto, ante esta realidad y en este marco normativo, se debe regular la enseñanza del lenguaje silbado de la isla de La Gomera para su impartición en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria a través de la concreción del currículo de la asignatura de Lengua Castellana y Literatura, en los centros de esa isla.

bottom of page