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CONSULTA PÚBLICA PREVIA

Iniciativa normativa acerca de la necesidad de modificar puntualmente el Decreto 89/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad de intermediación turística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

Fecha de inicio: 30/06/2017

Fecha de fin: 14/07/2017

JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

La situación de partida y los problemas a solventar con la modificación del texto que regula la actividad de intermediación turística, se centran en la consideración de la Comisión Europea acerca de la inadecuada transposición del artículo 7 de la Directiva 90/314 CEE, relativa a los viajes combinados, vacaciones y circuitos combinados, que ha efectuado al Reino de España y que ha llevado a la apertura de un expediente sancionador EU Pilot 6617/14/JUST, basándose en dos aspectos concretos: por un lado, que las distintas

de la iniciativa

DOCUMENTACIÓN

con tu opinión

PARTICIPA

Comunidades Autónomas siguen manteniendo la exigencia de Sentencia Judicial firme o Laudo arbitral para hacer frente a las obligaciones derivadas de la prestación de servicios por parte de las agencias de viajes y, por otro lado, entiende que el sistema de garantías actual hace difícil asegurar la repatriación de todos los consumidores afectados por la insolvencia o quiebra de un organizador o detallista y el reembolso completo de los pagos anticipados que hayan realizado.

 

A fin de evitar que prospere el expediente sancionador al Reino de España se hace necesario y urgente modificar, por parte de cada una de las Comunidades Autónomas, el sistema de garantías que actualmente figura en los Decretos autonómicos. En el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, la normativa reguladora de la intermediación turística no contempla la exigencia de sentencia judicial firme o laudo arbitral para hacer frente a las obligaciones derivadas de la prestación de servicios por parte de las agencias de viaje.

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